Derecho Civil

Derecho Civil

  1. Es el ámbito del derecho que regula las relaciones civiles, que son las más generales y cotidianas de la vida de las personas, siendo imprescindible estar bien asesorados en todo momento, para saber cómo actuar sin cometer ningún error.

Áreas de trabajo:

Área:
01

Contratos en General.

Los abogados de LèGan Abogados están especializados en defender los derechos de sus clientes en casos de incumplimientos de contratos, compraventas, desahucios, prestamos hipotecarios, indemnizaciones por accidente de circulación etc.

Área:
02

Procedimientos Derivados de Arrendamientos.

En LèGan Abogados le defenderemos para poder emprender acciones legales en caso de existir un inquilino moroso en su vivienda o local de negocios.

El procedimiento de desahucio será la vía adecuada para poder resolver el contrato de arrendamiento de forma legal y con la mayor inmediatez posible en beneficio del perjudicado.

Área:
03

Problemas Comunidad de Vecinos.

Área:
04

Reclamaciones de Cantidad.

Área:
05

Accidentes de Circulación.Indemnizaciones por Daños y Perjuicios.

Área:
06

Constitución y Asesoramiento de Sociedades y Comunidades de Bienes.

Área:
07

Herencias y Sucesiones testamentarias.

LèGan Abogados asesoramiento en todos los trámites requeridos para realizar una herencia y redactar un testamento, ya sea abierto, ológrafo, cerrado, etc.

También, ayudan a resolver conflictos cuando no existe un testamento o para desheredar a una persona del mismo.

Área:
08

Negligencias Médica.

Estos tipos de casos son especialmente delicados puesto que puede haber estado en riesgo nuestra salud o integridad física. Cabe valorar y tener en cuenta las actuaciones médicas, puesto que una mala praxis médica puede causa un perjuicio que puede provocar incluso la perdida de la visa.

Pueden surgir diferentes hipótesis:

  • Impericia:

Situación en la cual el facultativo no interpreta correctamente los síntomas del paciente y por lo tanto no se realiza un buen diagnóstico.

  • Diagnóstico erróneo:

Un error de diagnóstico puede ser letal puesto que genera un suministro inadecuado en el tratamiento médico y puede provocar daños y secuelas.

  • Consentimiento del paciente:

Siempre debe existir información absoluta de los riesgos de un tratamiento o intervención médica. Firmándose la correspondiente hoja de consentimiento informado al paciente.

  • Imprudencia médica:

Situación en la cual un profesional sanitario actúa de forma temeraria conforme a las normas sanitarias.

Por todo LèGan Abogados están especializados en Derecho Sanitario para reclamar una cualquier indemnización por daños y perjuicios por negligencia médica, valorándose la gravedad de la lesión causada y demás circunstancias.

Preguntas frecuentes:

El Derecho Civil se conoce como aquel Derecho privado de carácter general que regula básicamente las siguientes materias: la persona y sus derechos, el patrimonio, las relaciones familiares y la transmisión por causa de muerte de bienes y derechos. ^ Derecho privado.

El Derecho civil sigue siendo muy importante debido a su enorme contenido residual, ya que comprende todas las relaciones jurídicas que no quedan incluidas en un ordenamiento especial.

Ya sea un contrato de compraventa de una finca rústica o un contrato de arrendamiento rústico, es más seguro jurídicamente realizarlo por escrito (aunque también sea válido verbalmente), pero se haga en un documento privado o en unas escrituras notariales, de todas las formas tienen validez y obligan por igual a las partes, aunque haya diferencias sobre todo en cuanto a la prueba, por lo que hay que asumir lo que se firma y estar dispuesto a cumplirlo.

Por tanto no es obligatorio ir a la Notaría para firmar un contrato de compra o de arrendamiento pero en muchos casos es aconsejable por los mayores efectos jurídicos que conlleva.

En todo caso y frente a un acuerdo verbal, siempre es mejor realizar el contrato por escrito en un documento privado, puesto que los acuerdos verbales es muy difícil demostrar los pactos a los que se ha llegado, mientras que por escrito queda todo reflejado.

Dependerá del momento en que éste se haya firmado, si el contrato se firmó entre el 6.06.2013 y el 5.03.2019 la duración mínima del mismo es de 3 años más 1 año si llegada la finalización del plazo de 3 años no se ha comunicado la extinción. En los contratos firmados a partir del 5.03.19 se ha ampliado la duración mínima los mismos de 3 a 5 años en caso de que los arrendadores sean personas físicas y a 7 años en caso de que sean personas jurídicas junto con la posibilidad de prorrogarlo en ambos casos hasta 3 anualidades, pudiendo revocarse el mismo en cualquiera de dichas anualidades.

El juicio de desahucio podemos definirlo como aquel procedimiento que busca que el dueño o arrendador de una finca entregada en arrendamiento o en precario.

Dicho procedimiento cabe:

  1. Por falta de pago de la renta o de las cantidades asimiladas IBIS, reciclajes, suministros, etc.).
  2. Por terminación del contrato o por precario.
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